ACTA CONSTITUTIVA DE LA CONFORMACIÓN DE LA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA PARROQUIAL DE SAN CARLOS
En la Parroquia de San Carlos, del Cantón Joya de los Sachas, de la Provincia de Orellana, a los 14 días del mes de Octubre del 2014, previa convocatoria abierta realizada pública, así como invitaciones directas a representantes de gremios, grupos de ciudadanía organizados desde el día 11 de Septiembre del 2014, hasta el 24 de Septiembre del 2014, derivando que por su voluntad y consentimiento propio se reunieran los ciudadanos y ciudadanas de la Parroquia de San Carlos, del Cantón Joya de los Sachas, de la Provincia de Orellana,con el propósito de construir la instancia de participación ciudadana mutua, cuya documentación se estableció como: ASAMBLEA LOCAL CIUDADANA DE LA PARROQUIA SAN CARLOS.
ANTECEDENTES:
El consejo de Participación Ciudadana y Control Social, se crea en la Constitución del 2008 establecido en los Arts. 204, 207 y 208 como un organismo desconcentrado para promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participación Ciudadana, y forma parte de la Función de Transparencia y Control Social (FTCS) para ejecutar acciones de coordinación institucional para el fomento y cumplimiento de los derechos de participación, y prevenir combatir la corrupción.
Se coordina con la Junta Parroquial de San Carlos para realizar la Asamblea Parroquial socializando a todos los integrantes de la Junta, para luego concretar con todos los presidentes de las diferentes comunidades de la Parroquia para agendar en diferentes fechas para llegar a la ciudadanía civil con el tema de la Participación Ciudadana y la Conformación de la Asamblea Ciudadana Parroquial, es así que se tiene buena acogida por parte de los moradores de todas las comunidades, hasta llegar a la gran asamblea donde se eligió la Asamblea Ciudadana Parroquial de San Carlos. Las comunidades como actores principales que estuvieron en todo este proceso fueron las que a continuación se agendaron con fechas y lugares diferentes.
CRONOGRAMA DE VISITAS EN LAS DIFERENTES COMUNIDADES DE LA PARROQUIA SAN CARLOS.
GRUPO N°1 |
COMUNIDADES |
LUGAR |
FECHAS |
HORA |
N° ASISTENTES |
Bella Unión |
Bella Unión |
11/09/2014 |
14:00 |
108 |
|
GRUPO N°2 |
Abdón Calderón |
Abdón Calderón |
18/09/2014 |
14:00 |
32 |
GRUPO N°3 |
San Carlos, 12 de Octubre, Luz de América, Los Fundadores |
Auditorio de la Junta Parroquial |
24/09/2014 |
14:00 |
40 |
AGENDA TRATADA DE LA CONFORMACIÓN DE LA ASAMBLEA CIUDADANA PARROQUIAL DE AVILA HUIRUNO DEL CANTÓN LORETO
HORA |
EJES TEMÁTICOS |
14:00 14:15 |
Registro de Asistencia |
14:15 14:30 |
Intervención del Vice Presidente de la Junta Parroquial de San Carlos. |
14:30 15:30 |
Intervención de la Responsable Provincial Del CPCCS (Procedimiento de la Formación de la Asamblea Ciudadana Parroquial). |
15:30 15:50 |
Conformación de la Asamblea Ciudadana Parroquial |
15:50 16:00 |
Posesión de la Directiva de la Asamblea Parroquial de Ávila Huiruno |
EJECUCIÓN DE LA AGENDA:
El Sr. Jaime Ramón Vicepresidente de la Junta Parroquial de San Carlos da la bienvenida a todos los presentes y deja instalada la conformación de la Asamblea siendo las 14:30, posteriormente se desarrollo la actividad de Socialización de la Conformación de la asamblea Ciudadana de la Parroquia San Carlos por parte de la Sra. Viviana Aguilar como representante del Compañero Ing. Romel Enríquez y Abg. Germania Cedeño, como servidores del CPCCS de Orellana explicando según la Ley Orgánica de Participación Ciudadana en los artículos 56 – 64 donde menciona el proceso de la Conformación de la asamblea Ciudadana Parroquial, y articulo por articulo se va detallando y explicando a los ciudadanos presentes las acciones que tiene la Asamblea Ciudadana en beneficio de participación conjunta entre la Junta y la ciudadanía en general.
Y la compañera Abg. Germania Cedeño se refirió a la parte legal sobre los derechos que tiene la ciudadanía y a los requerimientos de la Parroquia, donde recalco que es importante que los ciudadanos se pronuncien sobre sus necesidades, para que las obras sean ejecutadas, esta socialización tiene buena acogida por parte de los asistentes, ya que carecían de información y de este proceso de la conformación Ciudadana.
El Vicepresidente de la Junta Parroquial Sr. Jaime Ramón indica que tienen el respaldo y apoyo de parte de la Junta Parroquial y que con la Asamblea Ciudadana se puede contribuir al reclamo justo que le corresponde en beneficio de la Parroquia. Además invita a la directiva que se va a elegir que acudan a las reuniones que se establecen dentro de la Junta para que participen de la gestión pública que hacen como autoridades.
Así mismo el teniente Político de la Parroquia José Pilamunga manifiesta que está pendiente de la Conformación de la Asamblea Ciudadana para aportar también con las acciones pertinentes que se deben tomar en bien de las comunidades.
Los representantes de las diferentes comunidades se pronunciaron con los y las postulantes para elegir la directiva de la asamblea ciudadanía asignando los siguientes candidatos y candidatas:
La señora Rosa Moreno postula al señor Cristian Sarango
El señor José Carrasco postula al señor Lauro Torres
El señor Marco Delgado postula al señor Luis Rosero
La señora Carmen Cárdenas postula a la señora Patricia Ureña.
La señora Bertha Melo postula a la señora Amparo Rodríguez
Una vez sometida a votación por todos los asistentes queda conformada la asamblea ciudadana de la parroquia san Carlos de la siguiente manera:
PRESIDENTE: Cristian Sarango
VICEPRESIDENTE: Patricia Ureña
SECRETARIO: Luis Rosero
TESORERO: Lauro Torres
PRIMER VOCAL: Amparo Rodríguez
Se hace el compromiso que esta directiva electa de la Asamblea Ciudadana Parroquial se les dará todas las facilidades por parte del CPCCS para que reciban las capacitaciones respectivas para mejorar sus funciones en la gestión de lo público.
Los presidentes de las Comunidades quedan directamente asignados como Vocales, tal como la asamblea lo sugirió.
Por parte del CPCCS de Orellana, Sra. Viviana Aguilar como representante del Compañero Ing. Romel Enríquezhacen la legal posesión de la Conformación de la Asamblea Ciudadana Parroquial de San Carlos.
El Presidente electo Señor Cristhian Sarango agradece la confianza obtenida por parte de todos los dirigentes y ciudadanía presente, indicando que ha trabajado como eje gestor con procesos que el CPCCS promueve en beneficios de la ciudadanía.
De igual forma el Señora Patricia UreñaVicepresidente electo agradece a todos los asistentes y pide a la ciudadanía en general que apoyen a todos estos procesos de trabajo en conjunto con las Autoridades Parroquiales, Cantonal, y Provincial.
Así mismo el resto de la directiva agradece por el apoyo brindado en cada uno de ellos para el buen desempeño de la función de las actividades dentro de la directiva.
Se procede a clausurar siendo las 16H00 del día Martes 14 de Octubre del 2014.
ACUERDOS Y COMPROMISOS:
Ø Se hace el compromiso que esta directiva electa de la Asamblea Ciudadana Parroquial se les dará todas las facilidades por parte del CPCCS para que reciban las capacitaciones respectivas para mejorar sus funciones en la gestión de lo público.
En consideración de la elaboración de los estatutos internos de la asamblea, la directiva acuerda que los estatutos generales serán socializados y aprobados en la próxima sesión ordinaria de la ASAMBLEA LOCAL CIUDADANA DE LA PARROQUIA SAN CARLOS.
Las ciudadanas y ciudadanos abajo firmantes, para constancia y fe de la presente conformación de la ASAMBLEA LOCAL CIUDADANA DE LAPARROQUIA DE SAN CARLOS, DEL CANTÓN JOYA DE LOS SACHAS, PROVINCIA DE ORELLANA, ratificamos nuestro compromiso de trabajar incansablemente, deliberadamente para fortalecer el espacio de interlocución con las autoridades para mejorar la gestión pública.
NÓMINA |
CARGO |
CAMUNIDAD/BARRIO |
CONTACTO |
CORREO |
N° CEDULA |
Cristhian Sarango |
Presidente |
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0988429122 |
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Patricia Ureña |
Vicepresidente |
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Luis Rosero |
Secretario |
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Lauro Torres |
Tesorero |
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0980531627 |
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Amparo Rodríguez |
Vocal |
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0999317959 |
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San Carlos, a 14 de Octubre del 2014
MIEMBROS DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN DEL GOBIERNO
PARROQUIA SAN CARLOS
1) Sr. Ángel Yanza Presidente del Gad. San Carlos
2) Sr. Geovanny Garofalo Representante de la Junta
3) Ing. Miguel Vélez Técnico de Planificación
4) Sr. José Pilamunga Representante del Pueblo
5) Sra. Marilú Shiguango Representante del Pueblo
6) Sra. Rosa Moreno Representante del Pueblo
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL “SAN CARLOS”
CONSIDERANDO:
QUE: la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 101, en concordancia 311 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establecen que las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados serán públicas y en ella existirá la silla vacía que será ocupada una representante o un representante ciudadano en función a los temas a tratar, con el propósito de participar en el debate y toma de decisiones.
QUE:El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización:
- En sus artículos 5 y 6 establece y garantiza que los gobiernos autónomos descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera, en concordancia con lo que establece el artículo 238 inciso primero de la Constitución de la República del Ecuador.
- En su artículo 8, faculta en sus respectivas circunscripciones territoriales y en el ámbito de sus competencias y de las que les fueren delegadas los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales, tienen la capacidad de dictar acuerdos y resoluciones, en concordancia con el artículo 67 literal a) y 323 del mismo cuerpo legal.
Que, los Arts. 238 y 242 de la norma constitucional establecen que los gobiernos autónomos descentralizados que incluyen las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana.
En uso de las atribuciones legales que les confieren los artículos 8, 67 literal a) 323 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y el pleno goce del derecho de autonomía establecido en la Constitución de la República del Ecuador y la ley que regula las acciones que cumplen los gobiernos autónomos descentralizados.
RESUELVE
EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA PARTICIPACION CIUDADANA
DE LA SILLA VACIA
OBJETIVO Y PRINCIPIOS.-Tiene por objetivo regular la participación ciudadana en las sesiones de la función legislativa, del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Carlos, que será ocupada por un representante de la ciudadanía en función de los temas a tratarse, con el propósito de participar en el debate y en las toma de decisiones y asuntos de interés general.
Las sesiones de las Juntas parroquiales Rurales de la Provincia de Orellana son públicas y garantizaran el ejercicio la participación a través de los mecanismos previstos en la constitución y la ley. Art 316. COOTAD
Capítulo 1
Participación ciudadana
Art 1.-El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Carlos convocara por lo mínimo con 48 horas de anticipación al representante de la sociedad civil de las comunidades, barrios, instituciones, y demás organizaciones de la parroquia San Carlos, que deseen ejercer el derecho de la participación ciudadana en las sesiones del Gobierno Parroquial Rural, deberán ser delegadas en calidad de representantes de las organizaciones sociales, asambleas de comunidades locales, cabildos populares o de cualquier otro agrupación social, que exista en la parroquia.
Además de lo señalado en el artículo anterior el representante o la representante ciudadano deberá acreditar ante la secretaría del Gobierno Parroquial Rural, los siguientes requisitos:
a) Carta u oficio dirigido al presidente o presidenta de Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial San Carlos dando a conocer la autorización de la comunidad para que participe en la sesión convocada,
b) En la solicitud se detallara los nombres y apellidos de la persona a participar, dando a conocer su interés por un tema a tratarse en la sesión.
c) No se aceptaran solicitudes expresadas en términos ofensivos e injuriosos.
d) Ser ecuatoriano mayor de edad y estar en goce de sus derechos ciudadanos.
e) Copia de cedula de ciudadanía y certificado de votación que haya sufragado en la parroquia.
Art 2.-Por intermedio de su presidente y/o presidenta el gobierno parroquial, con dos día de anticipación dará a conocer a través de medios de comunicación, pagina web, etc. el orden del día y los documentos habilitantes.
Art. 3.-Las personas autorizadas se acreditaran hasta con 30 minutos de anticipación previo a realizar la sesión, deberá presentar por escrito y documentadamente su interés por participar y ocupar “Silla Vacía” en la sesión del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Carlos, cumpliendo con los requisitos del artículo anterior de este reglamento, el escrito deberá constar sus nombres y apellidos, dirección domiciliaria y una breve argumentación de sus razones, al tema a tratarse.
Art. 4.-El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Carlos, con 24 horas de anticipación expondrá en la secretaría de la Junta parroquial, los nombres de las personas y/o representantes de las organizaciones acreditadas, sociedad civil, para su participación en la “Silla Vacía” a fin de que sea de conocimiento de la ciudadanía, y del público en general.
Art. 5.-En caso de existir más de dos o varios interesados en participar de la sesión del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Carlos, para un tema específico de su interés, los participantes elegirán un representante de entre ellos; quien participara con voz y voto; en caso de no llegar a un consenso, se procederá a realizar a través de sorteo, ante el secretario/a del Gobierno Parroquial.
La representante o el representante ciudadano actuarán con voz y voto únicamente cuando su designación haya sido por consenso o votación.
Caso contrario la participación del ocupante de la Silla Vacía será únicamente con voz, pudiéndose escuchar las distintas posturas ciudadana, en caso de haber existido una sola inscripción, su participación será únicamente con voz.
Art.6.-Las personas que participan con voz y voto serán responsables administrativamente, civil y penalmente, conforme lo prevé el COOTAD y ley Orgánica de Participación Ciudadana.
Art.7.-Las personas que participen en la silla vacía no percibirán dietas ni remuneración.
Art. 8.-El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural San Carlos mantendrá un registro de los representantes acreditados de las comunidades y organizaciones sociales que soliciten hacer uso del derecho de la silla vacía en el cual se clasificara las solicitudes aceptadas y negadas, así como también se llevará un registro de asistencia a las sesiones en las que participe dicho representante.
NOTIFIQUESE.-Dado, en la Parroquia San Carlos a los 27 días del mes de agosto del 2013.
Sr. Ángel Yanza Sr. Jaime Ramón
PRESIDENTE DEL G.AD.P.R.S.C VICEPRESIDENTE DEL G.AD.P.R.S.C
Sr. Servio Curipoma Sr. Luis Rosero
PRIMER VOCAL DEL G.A.D.P.R.S.C SEGUNDO VOCAL DEL G.A.D.P.R.S.C.
Sr. Geofar Geovanny Garofalo
TERCER VOCAL DEL G.A.D.P.R.S.C.
ASAMBLEA LOCAL CIUDADANA Preguntas planteadas al GADPRSC.pdf